Pensiones

 Señor Pensionado,

Se informa que la nómina de pensionados del mes de MARZO-24 está disponible para cobro desde el día 22 del mismo mes, por tal razón si es usted un pensionado nuevo, lo invitamos a que se comunique a las líneas de atención FOMAG A NIVEL NACIONAL 018000180510 o desde Bogotá al 7562444, a fin de validar si está incluido en esta nómina.

Se aclara que los pagos que realiza el FNPSM tienen vigencia de 30 días calendario banco BBVA y 45 días banco Agrario, pasado este tiempo la entidad bancaria procede con el reintegro de los dineros a la Fiduciaria y una vez el sistema identifica el reintegro de dos mesadas procede con la suspensión del pago al no tener conocimiento del no cobro y por seguridad de los dineros.

“LE RECORDAMOS QUE EXISTE LA OPCIÓN DE RECIBIR EL PAGO DE LA MESADA PENSIONAL POR ABONO EN CUENTA BANCARIA.

PARA ELLO PUEDES APERTURARLA EN LA ENTIDAD FINANCIERA QUE ELIJAS DE ACUERDO CON LOS CONVENIOS VIGENTES”.

  • Banco Agrario de Colombia.
  • Banco BBVA.
  • Banco Davivienda.
  • Banco Popular.

Nuevos pensionados nómina febrero de 2023

Señor Pensionado,

Teniendo en cuenta que la fecha de pago de la nómina de pensionados del mes de MARZO DE 2023 cae el sábado festivo, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio pensando en su bienestar estará iniciando con el abono de las mesadas pensionales a partir del día 23 y en el transcurso del día 24 del mismo mes. Por tal razón si es usted un pensionado nuevo, lo invitamos a que se comunique a las líneas de atención FOMAG A NIVEL NACIONAL 018000180510 o desde Bogotá al 7562444, a fin de validar si está incluido en esta nómina.

Se aclara que los pagos que realiza el FNPSM tienen vigencia de 30 días calendario banco BBVA y 45 días banco Agrario, pasado este tiempo la entidad bancaria procede con el reintegro de los dineros a la Fiduciaria y una vez el sistema identifica el reintegro de dos mesadas procede con la suspensión del pago al no tener conocimiento del no cobro y por seguridad de los dineros.

 

Señor pensionado o beneficiario,

 

Señor Pensionado,

Se informa que el reajuste pensional que se debe realizar en el presente año a los pensionados y beneficiarios adscritos al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, se realizará en la nómina de pensionados del mes de febrero de 2023 junto con el retroactivo del mes de enero, de conformidad con la circular No. 010 del 20 de enero de 2023 expedida por el Ministerio de Trabajo.

La nómina de pensionados del mes de ENERO de 2023 ya se encuentra en proceso de dispersión para que puedan realizar el cobro entre los días 24 y 25, por tal razón si es usted un pensionado nuevo, lo invitamos a que se comunique a las líneas de atención FOMAG A NIVEL NACIONAL 018000180510 o desde Bogotá al 7562444, a fin de validar si está incluido en esta nómina.

Se aclara que los pagos que realiza el FNPSM tienen vigencia de 30 días calendario banco BBVA y 45 días banco Agrario, pasado este tiempo la entidad bancaria procede con el reintegro de los dineros a la Fiduciaria y una vez el sistema identifica el reintegro de dos mesadas procede con la suspensión del pago al no tener conocimiento del no cobro y por seguridad de los dineros.

Así mismo, lo invitamos a que se comunique a las líneas de atención FOMAG A NIVEL NACIONAL 018000180510 o desde Bogotá al 7562444, a fin de validar si está incluido en esta nómina.

Se aclara que los pagos que realiza el FNPSM tienen vigencia de 30 días calendario banco BBVA y 45 días banco Agrario, pasado este tiempo la entidad bancaria procede con el reintegro de los dineros a la Fiduciaria y una vez el sistema identifica el reintegro de dos mesadas procede con la suspensión del pago al no tener conocimiento del no cobro y por seguridad de los dineros.

 

FIDUPREVISORA S.A., “LES DESEA UNA FELIZ NAVIDAD Y PRÓSPERO AÑO NUEVO COLMADO DE BENDICIONES”.

Nuevos pensionados nómina de septiembre de 2022

Señor Pensionado,

 

Se informa que la nómina de pensionados del mes de SEPTIEMBRE-22 está disponible para cobro a partir del día 23 del mismo mes, por tal razón si es usted un pensionado nuevo, lo invitamos a que se comunique a las líneas de atención FOMAG A NIVEL NACIONAL 018000180510 o desde Bogotá al 7562444, a fin de validar si está incluido en esta nómina.

 

Se aclara que los pagos que realiza el FNPSM tienen vigencia de 30 días calendario banco BBVA y 45 días banco Agrario, pasado este tiempo la entidad bancaria procede con el reintegro de los dineros a la Fiduciaria y una vez el sistema identifica el reintegro de dos mesadas procede con la suspensión del pago al no tener conocimiento del no cobro y por seguridad de los dineros.

 

NOMINA DE PENSIONADOS

 

PROCEDIMIENTO

La nómina de pensionados del Fondo del Magisterio, se paga en forma anticipada los días 25 de cada mes a partir del mes de noviembre de 2011, por órdenes del Consejo Directivo.

El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, a través de la Fiduciaria, realiza el trámite de nómina que corresponde mensualmente y solicita a las entidades la transferencia de recursos, con oportunidad. Ver más (Aviso Pensionados fecha de Pago).

Señor docente, debe tener en cuenta que cuando la prestación ingresa por primera vez, el pago se realiza por ventanilla, a través del Banco BBVA o Banco Agrario, por tal razón, los listados de nuevos son publicados mes a mes, informando el sitio de pago en el cual se programó el pago de su prestación.

Por lo anterior, lo invitamos a consultar el listado anexo, a fin de que, valide si quedo incluido en nómina.

Así mismo debe tener en cuenta que  los pagos que realiza el FNPSM tienen vigencia de 30 días calendario en la entidad bancaria (45 días Banco Agrario), pasado este tiempo la entidad bancaria procede con el reintegro de los dineros a la Fiduciaria y una vez el sistema identifica el reintegro de dos mesadas procede con la suspensión del pago al no tener conocimiento del no cobro y por seguridad de los dineros.

Para realizar el cobro de su primer pago, deberá presentar ante la entidad bancaria resolución de reconocimiento y documento de identidad original.

 

COMPROBANTES DE PAGO POR PENSIÓN

Fiduprevisora S.A. en calidad de administradora de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio informa, que desde el mes de marzo de 2011, los comprobantes de pagos de la mesada pensional, podrán ser descargados a través de esta página, por el siguiente link  https://fomag.gov.co/fomagzp. Debe tener en cuenta que únicamente podrá realizar la descarga de los tres últimos comprobantes del mes.

 

NOMINA DE CESANTÍAS, AUXILIOS Y SEGUROS POR MUERTE

PROCEDIMIENTO

Señor docente es importante que tenga en cuenta que para el pago por conceptos de cesantías y auxilios, una vez se ejecute el acto administrativo de reconocimiento, las mismas se pagaran dentro de los 45 días siguientes a su notificación.

Por tal razón, le sugerimos consultar la página web, en la cual se informará la fecha de pago de nóminas, a fin que a través de la línea de atención al usuario (en Bogotá al 5169031 o a nivel nacional al 018000919015), valide si su pago se encuentra incluido dentro de la fecha que se va publicando.

Debe tener en cuenta que si queda incluido en nómina, los dineros estarán disponibles en la entidad financiera durante 30 días para el Banco BBVA y 45 días para el Banco Agrario. 

Recuerde que para realizar el cobro de su prestación deberá presentar la resolución y documento de identidad en original ante la entidad financiera.

 

Importante: En caso de que su pago de Cesantías, Auxilios y/o seguros por muerte, presente alguna inconsistencia, favor absténgase de cobrar y remita a la Dirección de Afiliaciones y Recaudos solicitud de suspensión del pago, informando los motivos por los cuales no está de acuerdo con este.

Si por el contrario, cobro la prestación y desea devolver el cheque, debe seguir el siguiente procedimiento:

REQUISITOS

Solicitud Autorización Devolución y Anulación Título Valor  deberá ser diligenciado por el docente  y remitido a nuestras dependencias adjuntando los siguientes documentos:

  1. Solicitud autenticada 
  2. Adjuntar copia del título valor (cheque) al 150%
  3. Fotocopia del documento de identidad 150%

En el momento que  el Fondo del Magisterio reciba la solicitud por parte del docente, a vuelta de correo se le remitirá la autorización para que junto con el cheque original, se acerque a la sucursal bancaria donde lo cobro  y haga entrega de este título valor (cheque).
Posteriormente la entidad bancaria  procederá a verificar el no cobro del cheque, y reintegrara el dinero al fondo del magisterio.


Es importante que guarde copia del recibido de la carta de autorización con la que entrego el cheque, lo anterior con el fin de hacer seguimiento ha dicho trámite.
Cabe anotar que cualquier cambio que se requiera por beneficiario del pago, se debe tramitar ante la secretaria de educación respectiva, toda vez que esta entidad no tiene competencia para cambiar beneficiarios de pago, solo actúa como administradora de los recursos del fondo y paga conforme a actos administrativos emitidos por las secretarias de educación.

 

NOTA: Señor docente recuerde que todos los pagos por concepto de cesantías, se pagan a través de las entidades financieras Banco BBVA y Banco Agrario, en la modalidad ventanilla.

 

FORMATOS

Solicitud Autorización Devolución y Anulación Título Valor

NOMINA INTERESES A LAS CESANTÍAS

NORMATIVIDAD

El derecho a pago por concepto de intereses a las cesantías, lo tiene todo docente nacional y de cualquier vinculación, con nombramiento posterior al 1 (primero) de enero de 1990, con cargo al situado fiscal hoy Sistema General de Participación. Para los docentes Territoriales afiliados al Fondo por convenio, los intereses a las cesantías causados con anterioridad a esta fecha serán responsabilidad del Ente Territorial.

PROCEDIMIENTO

Señor docente recuerde que La entidad Territorial a la cual pertenece el docente debe reportar cada año las cesantías para el pago de Intereses, en caso de presentar inconvenientes con su pago, deberá remitir su solicitud por escrito a través de los canales autorizados de comunicación, pagina web opción solicitudes, o por correo certificado a la calle 72 No 10-03 local 105., a fin de validar su caso, e informar el trámite a seguir. 

Recuerde que las siguientes son las entidades autorizadas para el pago de intereses a las cesantías:

Pagos Banco Agrario.  Se realizarán  pagos a través del Banco  Agrario  modalidad  ventanilla a docentes  retirados que  no tiene cuenta de nómina registrada y en cuyos  municipios no exista sucursal del banco BBVA y para  los  docentes con inconsistencias  de  información  con las cuentas  bancarias reportadas  por  las  Secretarías  de  Educación  y en cuya ciudad  o municipio  no exista  sucursal del banco  BBVA.

 Pagos Banco BBVA.  Se realizarán  pagos   a través del banco  BBVA, modalidad  ventanilla a  aquellos  docentes  que presentaron  inconsistencias  de información en  las cuentas  bancarias reportadas  por  las Secretarías,  con existencia  de  sucursal bancaria BBVA en la ciudad  o municipio  de pago reportado por  la Secretaría  de Educación y a los  docentes  retirados, que  no poseen cuenta  de nómina registrada, con existencia  de sucursal bancaria BBVA en la ciudad o municipio  de pago reportado por la  Secretaría  de  Educación. 

 Pagos Abono a Cuentas de Nómina. Se realizarán pagos a las cuentas de nómina a todos los docentes activos reportados por las Secretarías de Educación a nivel nacional, siempre y cuando no hayan presentado inconsistencias las cuentas bancarias. Estos pagos serán abonados directamente a la cuenta registrada, para lo cual los educadores deberán consultar su estado de cuenta. 

 

Extractos de Intereses a las Cesantías

El extracto de intereses en un histórico de los pagos de intereses y no sustituye de manera alguna la certificación de reportes o monto total de cesantías.

Respetado Educador puede obtener su extracto de intereses a las cesantías ingresando a través del siguiente link, opción certificado extracto intereses a las Cesantías https://fomag.gov.co/fomagzp

Cualquier inquietud respecto al extracto de intereses a las cesantías debe realizarlo a través del correo servicioalcliente@fiduprevisora.com.co

 

CAMBIO SITIO DE PAGO

CAMBIO SITIO DE PAGO

Le informo que los pagos que realiza el FNPSM por concepto de mesada pensional los realiza a través de las siguientes entidades bancarias:

BBVA: por abono a cuenta o cobro por ventanilla

POPULAR: únicamente por abono a cuenta

AGRARIO: Abono a cuenta o cobro ventanilla

DAVIVIENDA: únicamente por abono a cuenta

REQUISITOS

En los casos que el pago sea abono a cuenta, debe remitir la certificación bancaria no mayor a 30 días de expedición, con copia del documento de identidad.

Para el caso de pagos modalidad ventanilla a través del banco Agrario debe informar la sucursal donde va a realizar el cobro de sus mesadas.

Recuerde que los pagos de las mesadas que son abonadas modalidad ventanilla tienen una duración de 30 días en el banco (45 días agrario) pasado este tiempo son devueltos por vencimiento.

Anexar Relación de las sucursales

Sucursales Banco Agrario

Sucursales Banco Davivienda

Sucursales Banco BBVA

Sucursales Banco Popular

 

REQUISITOS Y SUSPENSIONES PAGO MESADA PENSIONAL

RECOMENDACIONES BENEFICIARIOS O PENSIONADOS RESIDENTES EN EXTRANJERO

NORMATIVIDAD

Según el decreto 1450 de 2012 que reglamenta el Decreto Ley 019 de 2012, a partir del 1 de julio de 2012 todos los pensionados que residan en el exterior deberán presentar su supervivencia con una periodicidad de seis meses.

PROCEDIMIENTO

Artículo 8. Procedimiento para la acreditación de la supervivencia de connacionales fuera del país.» De acuerdo con lo señalado en el artículo 22 del Decreto-Ley 019 de 2012, cada seis (6) meses los connacionales que se encuentren fuera del país deberán acreditar su supervivencia ante las entidades que forman parte del Sistema General de Seguridad Integral, de la siguiente manera:

  1. Ante el consulado de la circunscripción donde se encuentra el connacional, caso en el cual, el Cónsul expedirá la constancia de fe de vida (supervivencia) y la enviará vía correo electrónico a la dirección que para tal fin informe la entidad de seguridad social pertinente.
  2. Ante autoridad pública del país donde se encuentre el connacional, que dará constancia de fe de vida (supervivencia). Esta constancia deberá ser apostillada o legalizada, según el caso y enviada por correo certificado o mensajería especializada a la dirección y dependencia que para tal fin determine la entidad de seguridad social pertinente».

Esta información deberá ser remitida a través de los canales autorizados de comunicación tales como página web o correo certificado (Ver circular Adjunta).

 

INFORMACIÓN IMPORTANTE PENSIONADOS POR INVALIDEZ

NORMATIVIDAD

Los requisitos establecidos pata el pago de mesada pensional por concepto de pensión de invalidez, se encuentran establecidos en el Decreto 1848 de 1969 Artículo 67.

 

PROCEDIMIENTO

Señor pensionado por invalidez, es importante que tenga en cuenta que la Valoración Médica tiene vigencia de tres años, para lo cual es necesario solicitar con anterioridad a la fecha de vencimiento la cita para la valoración de la Pérdida de Capacidad Laboral a la entidad que le presta los servicios medico asistenciales.

  1. Toda persona que perciba pensión de invalidez está obligada a someterse a los exámenes médicos periódicos que ordene la entidad pagadora de la pensión, con el fin de que esta proceda a disminuir su cuantía, aumentarla o declarar extinguida la pensión, si de dicho control médico resultare que la incapacidad se ha modificado favorablemente, o se ha agravado o desaparecido.
  2. En el caso de que el pensionado por invalidez se oponga, sin razones válidas, dificulte o haga imposible el control médico a que se refiere este artículo, se suspenderá inmediatamente el pago de la pensión de invalidez, mientras dure la mora en someterse al expresado control médico. 

 

BENEFICIARIOS O REPRESENTANTES LEGALES

NORMATIVIDAD

LEY No 1574  DEL  2 AGOSTO DE 2012. acreditar la  condición  de estudiante  por  parte  de  los hijos  del  causante,  mayores  de  18  y  hasta  los  25 años  cumplidos imposibilitados  para  trabajar  por  razón  de  sus  estudios  y  que dependían  económicamente  del  causante  al  momento  de  su  fallecimiento.

 

REQUISITOS BENEFICIARIOS HIJOS

  • Actualización documento de identidad.  (cambio de Registro civil a tarjeta mayores de 7 años; tarjeta a cédula mayores de 18 a 25). Recuerde que si no actualiza su documento, será suspendido de la nómina de pensionados.
  • Escolaridad.se recuerda  que los beneficiarios mayores de 18 a 25 años deben contar con las certificaciones  de escolaridad,  según lo indica la LEY 1574 del 02 de agosto de 2012.

Las siguientes recomendaciones deben ser tenidas en cuenta para él envió del certificado de estudios,  a fin de evitar el no pago de la mesada pensional.

  • Papel membretado por la universidad -Sello de la Universidad o Instituto en el que estudie
  • Datos claros y completos del estudiante
  • Que semestre está certificando
  • Periodo que certifica(fecha de inicio y finalidad)
  • Intensidad horaria mínima de 20 horas semanales
  • Firma de quien expide el certificado
  • Carnet de la institución y/o universidad

 

NOTA: Se aclara que en los meses de Marzo y Agosto de cada anualidad, se realiza suspensión de los beneficiarios que a la fecha del cierre de cada nómina, cuentan con la escolaridad vencida.

  • Acrecentamiento: Señor beneficiario si usted desea ceder su porcentaje, debe tener en cuenta el grado de consanguinidad, es decir, si existen más hijos activos en nómina, el porcentaje solo podrá cederse a los demás beneficiarios hijos, de lo contrario al cónyuge.

 

IMPORTANTE: Para poder ceder el porcentaje, debe remitir una solicitud por escrito debidamente firmada y autenticada por Notaría, con copia del documento de identidad (ver circular 015). Recuerde que esta solicitud solo la debe remitir el quien está cediendo el %.

 

PROCEDIMIENTO ASIGNACIÓN CURADOR INTERDICTO

A fin de, realizar el pago a favor de un tercero debido a que el docente o beneficiario no cuenta con la capacidad para administrar sus bienes (interdicto), se hace necesario que presente ante la SED, el oficio del juzgado en el cual declaran al docente o beneficiario como interdicto, a fin que la misma emita una resolución aclaratoria en donde lo nombran como curador. 

La resolución aclaratoria emitida por la Secretaria, y el oficio del juzgado, deberá ser remitido al Fondo del Magisterio, junto con la copia del documento de identidad tanto de pensionado como del curador, a fin de proceder con la actualización en la base de datos.

 

INCREMENTO SALARIAL

NORMATIVIDAD

A partir de 01 de enero d cada año se reajustan las pensiones de acuerdo al Índice de precios al consumidor IPC. Art. 14 de la Ley 100 de 1993, aplicable en virtud de la Ley 238 de 1995. Y lo preceptuado en el DEC-REGL 692 DE 1994 ARTÍCULO 41 SISTEMA GENERAL DE PENSIONES, el cual cita lo siguiente:

 “Reajuste de pensiones. Con el objeto de que las pensiones de vejez o de jubilación, de invalidez y de sustitución o sobrevivientes, en el sistema general de pensiones, mantengan su poder adquisitivo constante, se reajustarán anualmente de oficio, el 1° de enero de cada año, según la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor, total nacional, certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior. 

No obstante, las pensiones cuyo monto mensual sea igual al salario mínimo legal mensual vigente, serán reajustadas de oficio cada vez y con el mismo porcentaje en que se incremente dicho salario por el Gobierno, cuando dicho reajuste resulte superior al de la variación del IPC previsto en el inciso anterior.

 

PROCEDIMIENTO

Señor Pensionado tenga en cuenta que el incremento salarial de los pensionados se rige en el incremento del IPC, el cual es el establecido por el DANE. No obstante, para los pensionados que tengan una mesada pensional inferior o igual al salario mínimo, se ajustará de acuerdo al SMLV de la fecha.

Lo anterior, de acuerdo a lo señalado en el Así mismo, se recuerda que el incremento salarial para los docentes pensionados del Fondo de Prestaciones sociales del Magisterio, se realiza en el mes de febrero  con retroactivo.

 

DESCUENTOS

EMBARGOS

NORMA 

Fiduprevisora S.A. en calidad de vocera y administradora de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magistrado, descontara las sumas de dinero que sean ordenadas por despachos judiciales en los porcentajes que estos determinen en los términos del artículo No 2488 del Código Civil en concordancia de los artículos No. 154, 155, 156 y 344 del Código Sustantivo Del Trabajo; articulo No. 134 de la Ley 100 de 1993 y el Decreto 1073 de 2002 modificado por el Decreto 994 de 2003.

PROCEDIMIENTO

Recuerde que cualquier aclaración, modificación, solicitud y/o levantamiento de un embargo lo debe solicitar directamente al Juzgado que ordenó la medida, por lo tanto, Usted debe tramitar su requerimiento ante el respectivo ente judicial.

En caso de requerir información y aclaración, esta será suministrada en el correo electrónico servicioalcliente@fiduprevisora.com.co o debe dirigir su solicitud por escrito a la Dirección de Afiliaciones y Recaudos – Calle 72 N° 10- 03 Local 114 o a través de la Página web www. Fomga.gov.co a través de la opción SOLICITUDES o mediante el link https://www.fiduprevisora.com.co/solicitudes-quejas-y-reclamos/, opción Quejas, Reclamos y solicitudes.
 

LIBRANZAS

PROCEDIMIENTOS

El procedimiento para que los pensionados remitan las solicitudes de suspensión de descuento es el siguiente:

Remitir por medio de la página web www.fomag.gov.co en la opción PQRS, link  https://www.fiduprevisora.com.co/solicitudes-quejas-y-reclamos/ o por físico a la Calle 72 No 10 – 03 Local 105, la solicitud indicando la suspensión del descuento, adjuntando el paz y salvo de la entidad, el cual debe contener la siguiente información:

  • Nombre del pensionado o deudor
  • Número de cédula del pensionado
  • No de libranza 
  • Valor de cuota mensual

 

NOTA: Es importante que tenga en cuenta que si usted se encuentra a paz y salvo, y se le continúa efectuando los descuentos, el respectivo reintegro lo debe solicitar directamente a la entidad operadora de Libranza.

 

REPROGRAMACIÓN

NOMINA DE PENSIONADOS

NORMATIVIDAD

Normatividad, Prescripción de mesadas Art. 488 del C.S.T,  Art. 50 del Decreto 758 de 1990, Sentencia CSJ Sala Laboral SL 4110 MP Jorge Mauricio Burgos, Sentencia T323/96 Eduardo Cifuentes y Artículo 102 del Decreto 1848 de 1969.

 

PROCEDIMIENTO REPROGRAMACIÓN PAGO MESADA PENSIONAL

Para solicitar reprogramación de los recursos no cobrados oportunamente, deberá remitir a la Dirección de Afiliaciones y Recaudos, solicitud de reprogramación anexando los siguientes documentos: 

REQUISITOS

  • Carta de solicitud con firma (en letra legible y clara)
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía al 150%

 

NOTA: Debe tener presente que las reprogramaciones de mesadas reintegradas por no cobro o por rechazo electrónico, se abonan junto con la mesada pensional que este próxima de pago.

Así mismo si su mesada pensional presento rechazo electrónico la misma será reprogramada sin solicitud, a través de ventanilla, Banco BBVA o Banco Agrario, de acuerdo al lugar de residencia.

 

IMPORTANTE 

PRESCRIPCIÓN MESADAS Se informa que los docentes tienen 3 años para cobrar el pago de la mesada pensional, pasado este tiempo aplica la ley de prescripción.

 

NOMINA DE CESANTÍAS, AUXILIOS Y SEGURO POR MUERTE E INTERESES A LAS CESANTÍAS

Para solicitar reprogramación de los recursos no cobrados oportunamente, deberá adelantar el siguiente trámite, el cual será atendido en los 15 días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud.

1. Documentos requeridos para la solicitud de la reprogramación de pensionados:
a. Carta de solicitud de reprogramación, en la cual informen los motivos de no cobro, la cual debe venir firmada y con letra legible (para el caso DE REPROGRAMACIÓN DE INTERESES  a las cesantías, deberá especificar el año a reprogramar).

b. Copia legible por ambas caras de la Cédula de Ciudadanía

c. Si se actúa por intermediarios, es necesario adjuntar el respectivo poder, autenticado ante Notaria.

2. Radicación de solicitud:


Anexar, adjuntar y remitir los documentos requeridos a través de los únicos medios autorizados para la recepción de la reprogramación de Cesantías, Auxilios y/o Seguros Por Muerte los cuales son:    

3. Seguimiento a su solicitud:

Una vez radicada su solicitud de reprogramación usted obtendrá un número de radicación de 10 dígitos de su solicitud el cual podrá realizarle seguimiento en la Página web www. Fomag.gov.co a través de la opción   SOLICITUDES  fidupreviosra.com.co/solicitudes-quejas-y-reclamos/  llenando los campos          solicitados Número de Radicado y   Número de Documento de Identificación del solicitante:

Nota: En caso de no conocer el número de radicación (10 dígitos) de su solicitud,  puede comunicarse a las líneas de atención:

– FOMAG en Bogotá 516-90-31 
– FOMAG a nivel nacional 018000-919015
 
4. Información nueva fecha de pago:
Fiduprevisora enviará a la dirección de correspondencia o al correo electrónico relacionado en la solicitud, comunicación informando la fecha de reprogramación del pago y el Banco asignado.

5. Cobro:
Deberá acercarse a la entidad bancaria para hacer efectivo los dineros con los siguientes documentos:
– Acto administrativo (No aplica para el cobro de intereses a las cesantías)
– Original Cédula de Ciudadanía

NOTA: El pago debe ser consultado con el número de identificación del beneficiario que se reconoció en el acto administrativo.

  • Importante pago reprogramación Cesantías, auxilios y seguro por muerte: En caso de que su pago de Cesantías, Auxilios y/o seguros por muerte, presente alguna inconsistencia, favor absténgase de cobrar y remita a la Dirección de Afiliaciones y Recaudos solicitud de suspensión del pago, informando los motivos por los cuales no está de acuerdo con este. 

 

NOTA: Señor docente recuerde que todos los pagos por concepto de cesantías, se pagan a través de las entidades financieras Banco BBVA y Banco Agrario, en la modalidad ventanilla.

 

  • Importante reprogramación de pagos de Intereses a las cesantías
    Los recursos por concepto de intereses a las cesantías programados por ventanilla permanecen disponibles en las entidades bancarias así: 
    Banco BBVA:   30 días calendario a partir de la fecha de pago
    Banco Agrario: 45 días calendario a partir de la fecha de pago

Los recursos programados por modalidad abono a cuenta no tienen termino de vencimiento ya que el uso es exclusivo del educador

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