CUOTA DE AFILIACIÓN

A partir de la entrada en vigencia del decreto 1272 del 23 de julio de 2018 expedido por el Ministerio de Educación Nacional y teniendo en cuenta el «Articulo 2.4.4.2.1.6 Cuota personal de Inscripción de los educadores nombrados en provisionalidad. “Los educadores nombrados en provisionalidad, independiente del número nombramientos que reciban en un mismo año lectivo, pagarán una única cuota de afiliación al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio”, equivalente a una tercera parte del primer sueldo mensual devengado y a una tercera parte de sus posteriores aumentos.

Si el educador nuevamente es nombrado en provisionalidad para ocupar transitoriamente una vacancia definitiva en posteriores vigencias, deberá cancelar, por cada año lectivo, la cuota de afiliación en los términos previstos en el inciso anterior».

No obstante, lo anterior, es importante aclarar que Fiduprevisora S.A.- Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio no es en modo alguno entidad nominadora, por lo cual cualquier reclamación sobre los valores descontados por este concepto debe realizarse ante la Secretaria de Educación a la cual se encuentre vinculada(o) como entidad nominadora competente.

 

PADRES COTIZANTES

Afiliación UPC Adicional Padres Cotizantes Dependientes

El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, ha creado el servicio de UPC Adicional únicamente para los Padres de los docentes cotizantes adscritos al FOMAG, esta condición se cumple cuando el docente tiene afiliado activo algún miembro a su grupo familiar primario, es decir hijos y/o conyugue.

El valor del aportes de UPC que realiza el docente para el Fondo del Magisterio, se genera de la suma resultante de multiplicar el valor de la UPC mensual del Régimen Contributivo según el grupo etario establecido por Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución No. 5858 de 2018 por el factor definido por el Consejo Directivo del Fondo del Magisterio para los contratos de salud de los afiliados y beneficiarios del 62.67%, de acuerdo a esto, a continuación se relacionan las tarifas que serán utilizadas por el Fondo del Magisterio a partir del 1 de enero de 2019:

No GRUPO DE EDAD ZONA     NORMAL
(1)
ZONA   ESPECIAL
(2)
GRANDES CIUDADES
(3)
ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRES
(4)
1 Menores de 1 año $ 323.655 $ 356.020 $ 355.567 $ 446.319
2 1 a 4 años $ 103.926 $ 114.319 $ 114.173 $ 143.314
3 4 a 14 años $ 36.303 $ 39.933 $ 39.883 $ 50.062
4 15 a 18 años Hombre $ 34.602 $ 38.062 $ 38.014 $ 47.716
5 15 a 18 años Mujer $ 54.679 $ 60.146 $ 60.070 $ 75.401
6 De 19 a 44 Hombre $ 61.571 $ 67.727 $ 67.641 $ 84.906
7 De 19 a 44 Mujer $ 114.231 $ 125.655 $ 125.495 $ 157.525
8 De 45 a 49 años $ 112.988 $ 124.287 $ 124.129 $ 155.811
9 De 50 a 54 años $ 144.112 $ 158.523 $ 158.321 $ 198.730
10 De 55 a 59 años $ 176.162 $ 193.778 $ 193.532 $ 242.927
11 De 60 a 64 años $ 226.718 $ 249.390 $ 249.072 $ 312.645
12 De 65 a 69 años $ 282.019 $ 310.220 $ 309.825 $ 388.903
13 De 70 a 74 años $ 338.420 $ 372.262 $ 371.788 $ 466.681
14 De 75 años y mayores $ 425.269 $ 467.795 $ 467.200 $ 586.446
(1) ZONA NORMAL: Ciudades diferentes a Bogotá D.C., Cali, Medellín, Barranquilla y los municipios conurbados con éstas: Soacha, Bello, Itagüí. Adicionalmente entran: Armenia, Barrancabermeja, Bucaramanga, Buenaventura, Cartagena, Cúcuta, Floridablanca, Ibagué, Manizales, Montería, Neiva, Palmira, Pasto, Pereira, Popayán, Riohacha, Santa Marta, Sincelejo, Soledad, Tulúa, Valledupar, Villavicencio.
(2) ZONA ESPECIAL: Amazonas, Arauca, Casanare, Caquetá, Chocó, Guajira; Guainía, Guaviare, Meta, Putumayo, Sucre, Vaupés, Vichada Y La Región de Urabá.
(3) GRANDES CIUDADES: Armenia, Barrancabermeja, Barranquilla, Bello, Bogotá, D.C., Bucaramanga, Buenaventura, Buga, Cali, Cartagena, Cartago, Dosquebradas, Cúcuta, Floridablanca, Ibagué, Itagüí, Manizales, Medellín, Montería, Neiva, Palmira, Pasto, Pereira, Popayán, Riohacha, Santa Marta, Sincelejo, Soacha, Soledad, Tuluá, Valledupar y Villavicencio.
(4) ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

 

 

 

 

 

 

 

REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN DE PADRE O MADRE COMO UPC ADICIONAL

Estimado docente, si desea afiliar su padre o madre como UPC adicional al servicio del Fondo del Magisterio debe seguir los siguientes pasos:

PASO 1.

Diligenciar y adjuntar los siguientes documentos:

  • Formulario de afiliación de UPC ADICIONAL debidamente diligenciado. (Descárguelo aquí)
  • Fotocopia de documento de identificación del docente
  • Fotocopia de documento de identificación del padre y/o madre.
  • Declaración del docente cotizante, acreditando dependencia económica.
  • Copia del Registro civil del docente
  • Del día 1 al 05 del mes, Fiduprevisora S.A. realiza el estudio de la documentación, y le remitirá al correo electrónico respuesta del resultado de la validación.

 

Nota: Una vez validada la tarifa, debe realizar el pago del cupón generado con datos del DOCENTE a través de la página del FOMAG. Debe seguir la siguiente ruta: – PAGOS EN LÍNEA – PAGOS A TERCEROS – SELECCIONAR LA OPCIÓN PADRES COTIZANTES –DILIGENCIAR CON INFORMACIÓN DEL DOCENTE – PAGO POR CUPÓN EN BANCO –DESCARGAR CUPÓN – LLEVAR CUPÓN AL BANCO BBVA Y REALIZAR EL PAGO.

En caso de presentar dudas con relación a la generación del cupón de pago, consulte la GUÍA DE GENERACIÓN DE PAGOS DE PADRES COTIZANTES.

Si el estudio es efectivo se procede a la creación de usuario en el sistema de medicina del Fondo del Magisterio e inicia la prestación del servicio a partir del 1 día del siguiente mes.

 

PASO 2.

Remitir la documentación legible por cualquiera de los siguientes medios del día 1 a día 05 de cada mes, con el asunto AFILIACION DE UPC ADICIONAL.

CAU (Centro de atención al usuario). El horario de atención al público, es de lunes a viernes de 8:00 am hasta 5:00 pm.

Página web

En la página web de Fiduprevisora (https://www.fiduprevisora.com.co/solicitudes-quejas-y-reclamos/) en el icono de PQRS, está habilitado un formulario para ser diligenciado por el usuario directamente.

Correo electrónico: servicioalcliente@fiduprevisora.com.co

CRI (Centro recursos de Información)

Se encarga de radicar todas las PQRS que sean entregadas personalmente por el usuario o remitidos por correo certificado.  Calle 72 No 10-03 Piso 1,  local 114.

OBLIGACIONES DEL DOCENTE

Realizar el pago de la cuota mensual dentro de los 5 primeros días hábiles del mes, de no realizar el pago dentro del plazo, se procede a la suspensión del servicio de medicina de UPC.

Validar las tarifas de UPC adicional del Fondo del Magisterio cada vez que el UPC cumple años, se traslada de ciudad de residencia y/o cambio de tarifas por de nuevo año.

Informar a Fiduprevisora S.A. novedades respecto al pago, prestación del servicio del UPC y actualización de datos del UPC en el sistema de salud del FOMAG.

Realizar pago del cupón de pago entregado por Fiduprevisora S.A; en cualquier sucursal BBVA, posteriormente devolver el correo electrónico con dato adjunto copia del cupón de pago con su respectiva consignación.

Cualquier inquietud en relación del estado de UPC, pago de cuota comunicarse por cualquiera de los medios indicados en el paso 2.

El servicio médico asistencial ofrecido, tendrá las mismas coberturas actuales, la atención médica no requerirá copagos, ni cuotas moderadoras, ni periodos de carencia.

Realizar la actualización de datos durante el último trimestre del año (Octubre a Diciembre) de los documentos relevantes o sujetos a cambios anualmente, por ejemplo Formulario de Actualización de datos, el cual se puede descargar aquí.

 

PERMANENCIA MÍNIMA

El docente se obliga a mantener inscritos a su(s) padre(s) cotizante(s) dependientes(s) y, por lo tanto, a cancelar el costo del servicio, por un periodo mínimo de dieciocho (18) meses.

Si el docente decide desvincular a su(s) padre(s) cotizante (s) dependiente (s) antes de cumplirse el plazo de permanencia mínima definido en éste numeral, sin que se hayan configurado las causales de desvinculación indicadas en el presente reglamento, estará obligado a cancelar las cuotas mensuales pendientes, hasta completar los dieciocho (18) meses de permanencia mínima. En caso contrario, el docente autoriza al nominador y al Fondo a realizar los descuentos respectivos de su liquidación y/o de las prestaciones sociales a que tenga derecho, si a ello hay lugar.

 

ESTADO DE DEUDA

Usted puede descargar su estado de deuda AQUÍ, así mismo en caso de requerir aclaración y/o mesa de trabajo para conciliación de valores y/o acuerdo de pago puede solicitar la cita al correo electrónico ingresosyrecaudo@fiduprevisora.com.co.

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