Puede registrar embargos y descuentos del 50% de la pensión lo anterior de conformidad con las disposiciones legales vigentes ello con la finalidad de no afectar el mínimo vital del pensionado. En el evento en que se sobrepase ese porcentaje, FOMAG tiene la obligación legal de informar que no se posee con la capacidad de crédito para afectar la mesada pensional.