Derecho a morir dignamente

 

“Tu voluntad, nuestra responsabilidad.”

En FOMAG respetamos tu derecho a decidir, ante una enfermedad avanzada o un sufrimiento intenso, te acompañamos en un proceso digno, humano y confidencial.

¿Qué es?

Es un derecho fundamental que permite decidir sobre el final de la vida con dignidad.

Incluye: cuidados paliativos, adecuación de esfuerzos terapéuticos (AET) y el procedimiento de eutanasia, conforme a la normatividad vigente.

Normatividad

Esquema de Normatividad sobre el Derecho a Morir Dignamente en Colombia.

Corte Constitucional

  • Sentencia T-970 (2014)
    Ordena al Ministerio de Salud reglamentar el derecho a morir dignamente y fijar directrices para los Comités.
  • Sentencia C-233 (2021)
    Elimina la exigencia de enfermedad en estado terminal, ampliando el acceso a la eutanasia como mecanismo del derecho fundamental.

Ministerio de Salud y Protección Social

  • Resolución 1216 de 2015 (20 de abril)
    Cumple la orden de la Sentencia T-970/14. Regula la organización y funcionamiento de los Comités.
  • Resolución 2665 de 2018 (25 de junio)
    Reglamenta el Documento de Voluntad Anticipada (Ley 1733/2014).
  • Resolución 825 de 2018 (9 de marzo)
    Establece el procedimiento para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad en niños, niñas y adolescentes.
  • Resolución 971 de 2021
    Define el procedimiento de recepción, trámite y reporte de solicitudes de eutanasia y directrices para la organización de los Comités.

Superintendencia Nacional de Salud

  • Circular externa 20211700000006-5 (2021)
    Imparte instrucciones para la verificación de la correcta implementación de la regulación del derecho a morir con dignidad.

¿Qué significa?

  • Autonomía: decidir libre e informadamente.
  • No maleficencia y beneficencia: aliviar el dolor y evitar daños.
  • Justicia: acceso oportuno, sin barreras ni discriminación.

Tu decisión es libre, informada y confidencial. Puedes desistir en cualquier momento y optar por otras alternativas de cuidado.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas mayores de 18 años con enfermedades avanzadas, incurables o en agonía.
  • Pacientes en fase terminal diagnosticados por médico experto.
  • Quienes padezcan sufrimiento físico o psíquico intolerable.
  • Pacientes inconscientes o sin capacidad de manifestar su voluntad, siempre que exista un Documento de Voluntad Anticipada.

Conoce la Ruta FOMAG en 5 pasos

  1. Solicitud Verbal o escrita ante cualquier médico de la red contratada con FOMAG o por los canales de Participación Social. También procede mediante Documento de Voluntad Anticipada.
    2. Recepción y notificación (≤ 24 h) La IPS notifica y, si no presta el servicio, se gestiona traslado a una IPS habilitada en la red FOMAG.
    3. Valoración clínica en la cual se verifica voluntad libre e informada, requisitos mínimos y se informa sobre paliativos y AET. Todo queda registrado en historia clínica.
    4. Comité científico interdisciplinario emite concepto en un máximo de 10 días. Si es favorable, el paciente reitera su decisión. Si no, puede solicitar segunda opinión.
    5. Programación con aval y cumplimiento de todos los requisitos, se agenda el procedimiento en un máximo de 15 días calendario, respetando privacidad, acompañantes y voluntad.
    Durante todo el proceso se garantiza acompañamiento emocional y psicológico.

Documento de Voluntad Anticipada (DVA)

Es la forma de expresar tus preferencias si en el futuro no puedes comunicarte. Puedes suscribirlo en cualquier momento: con tu médico, ante dos testigos o en notaría (aunque no es obligatorio notariarlo). Debe contener: fecha y lugar, tus datos, declaración de capacidad y ausencia de coacción, y tus preferencias al final de la vida, con firma.

Preguntas frecuentes:

¿Implica renunciar a cuidados paliativos?
No. Debes recibir información y acceso a cuidados paliativos integrales; puedes aceptarlos o desistir.

¿Tiene costo para el usuario?
No se cobran copagos ni cuotas por valoraciones, comité o procedimiento asociados a la solicitud.

¿Qué pasa si el comité niega la solicitud?
Puedes pedir segunda opinión en otra IPS habilitada de la red. Si se mantiene la negativa, se garantiza continuidad en paliativos/AET.

¿Puedo desistir?
Sí, en cualquier momento, dejando constancia; se activa el plan de manejo acordado con el equipo de salud.

En FOMAG reafirmamos nuestro compromiso con la dignidad, la autonomía y el respeto a las decisiones de cada persona. El derecho a morir dignamente no es solo un procedimiento, es la garantía de un acompañamiento integral, humano y compasivo, que reconoce la voluntad del paciente y brinda apoyo a sus familias. Nuestro propósito es que, en cada paso de este proceso, prevalezcan el respeto, la confidencialidad y la dignidad como valores esenciales.

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