CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE UNIFICACIÓN SU-041 DE 2020

CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE UNIFICACIÓN SU-041 DE 2020 Y ALGUNAS CONSIDERACIONES PARA SU CUMPLIMIENTO, ALCANCE Y FINES PERTINENTES

Respetados señores Magistrados:

De manera atenta y en armonía con la Sentencia SU-041/20 proferida por la Honorable Corte Constitucional, la cual hemos conocido a través de la página web de la Corte Constitucional, según publicación efectuada por esa Corporación el pasado 18 de agosto de los corrientes, originada, como consecuencia de la información suministrada en su momento por la Fiduciaria, respecto de las diferentes dificultades estructurales, logísticas, administrativas y financieras que existen en el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), para causar el fenómeno de la sanción moratoria por el pago tardío de las cesantías, ponemos a su consideración los asuntos que señalamos a continuación.

CONSULTE AQUÍ EL DOCUMENTO COMPLETO

CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE UNIFICACIÓN SU-041 DE 2020

CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE UNIFICACIÓN SU-041 DE 2020 Y ALGUNAS CONSIDERACIONES PARA SU CUMPLIMIENTO, ALCANCE Y FINES PERTINENTES

Respetados señores Magistrados:

De manera atenta y en armonía con la Sentencia SU-041/20 proferida por la Honorable Corte Constitucional, la cual hemos conocido a través de la página web de la Corte Constitucional, según publicación efectuada por esa Corporación el pasado 18 de agosto de los corrientes, originada, como consecuencia de la información suministrada en su momento por la Fiduciaria, respecto de las diferentes dificultades estructurales, logísticas, administrativas y financieras que existen en el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), para causar el fenómeno de la sanción moratoria por el pago tardío de las cesantías, ponemos a su consideración los asuntos que señalamos a continuación.

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