|
|
|
|
|
Atención a Padres de Docentes Casados y/o con hijos
|
|
Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio
En Cumplimiento del acuerdo del Consejo Directivo el día 10 de Marzo, en donde se establecieron las directrices para la incorporación al régimen de salud del magisterio de los padres de docentes casados y/o con hijos, que no se encuentren pensionados y dependan económicamente del docente, dando así cumplimiento a lo establecido por la honorable Corte Constitucional en la sentencia T-015 de 2006, se informa a los docentes interesados en el tema los siguientes puntos:
1. El servicio médico asistencial ofrecido tendrá las mismas coberturas actuales, la atención médica no requerirá copagos, ni cuotas moderadoras ni periodos de carencia.
2. El docente interesado en la prestación de servicio de sus padres, deberá autorizar el descuento vía nómina del valor fijo mensual que corresponderá al grupo etáreo al cual pertenezcan cada uno de sus padres.
Teniendo en cuenta la Convocatoria Pública Selección Abreviada No. 001 de 2008, los padres que se encuentren en las regiones 3, 4, 5 y 7 la tarifa a partir del primero de noviembre del año 2008, sera la siguiente de acuerdo al grupo etario que se detalla a continuación:
|
Grupo Etario |
Tarifa ($) Mensual Vigencia año 2010 |
|
< 1 Año |
143.235 |
|
1-4 Años |
60.916 |
|
5-14 Años |
35.582 |
|
15 a 18 años H |
34.943 |
|
15 a 18 años M |
42.465 |
|
19 a 44 años H |
45.048 |
|
19 a 44 años M |
64.776 |
|
45 a 49 años |
64.311 |
|
50 a 54 años |
75.971 |
|
55 a 59 años |
87.979 |
|
60 a 64 años |
106.919 |
|
64 a 69 años |
127.637 |
|
70 a 74 años |
148.768 |
|
75 años y mayores |
181.304 |
Para las regiones 6 y 9 aplicara la misma tarifa citada en el cuadro anterior a partir del primero de diciembre y las regiones 1,2 regirá desde el 15 de diciembre de 2008 y para la región 8 esta tarifa regirá a partir del 1 de marzo del año 2009.
Señor Docente: Para los casos de Padres Cotizantes, si estos no habitan en la misma región en la cual Usted labora, es imprescindible que seleccione el contratista de su preferencia, para las regiones donde hay más de uno.
Señor Docente si Usted no tiene afiliado a ningún beneficiario en su grupo familiar independientemente de que sea casado, soltero y o con hijos, puede afiliar a sus padres como sus beneficiarios directos, siempre y cuando estos dependan económicamente del Docente, no gocen de Pensión y no se encuentren afiliados a una entidad del Sistema de Seguridad Social en Salud; El trámite de afiliación de beneficiarios lo debe realizar directamente ante la entidad contratista.
3. El docente deberá garantizar una permanencia mínima de su(s) padre(s) no inferior a un (1) año y medio (1/2).
4. El proceso de inscripción al Sistema de Salud se realizará directamente con la Fiduprevisora.
Información para la Inscripción de Padres de Docentes Casados y con Hijos
- Cicular Secretarias de Educación Bajar Documento (Formato PDF
)
- Reglamento para incorporación de padres de docentes Ver enlace (Formato PDF
)
- Formato Inscripción de Padres Cotizantes Dependientes Ver enlace (Formato PDF
)
Los Formatos de Inscripción de padres deben ser diligenciados y Firmados por los Docentes para proceder a la Inscripción.
AVISO IMPORTANTE CIRCULAR 007 PADRES COTIZANTES DEPENDIENTES VER ENLACE | |
|
|
|
|
|